Restricción vehicular de 14 horas diarias en Chía, para vehículos de 3.4 toneladas, a partir del 19 de septiembre

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La alcaldía municipal anunció, en las últimas horas, la restricción vehicular para camiones de carga de 3.4 toneladas o más, medida con la que se espera mitigar en parte el nivel de inmovilidad al que ha llegado la ciudad.

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Chía | Prensa Alcaldía | Movilidad |

La administración municipal decretó esta restricción durante 14 horas diarias, a partir de este lunes 19 de septiembre,  sobre la Avenida Pradilla, desde el cruce del semáforo de  la variante a Cota, hasta la intersección del viaducto de la central del norte, a la altura de lo que era la antigua clínica de reposo San Juan de Dios.

La prohibición que había sido anunciada por el alcalde Donoso desde el pasado mes de enero se concretó con la firma del decreto 31 del 16 de agosto de 2016. La medida obedece al plan de choque que está implementando el gobierno municipal, ante el aumento del volumen vehicular que tiene a Chía sometida a una grave crisis de movilidad, la misma que está llevando a muchas familias a devolverse a Bogotá, por el dramatismo en que se han convertido los trancones y los tiempos de desplazamiento por las vías no solo al interior de la misma ciudad sino entre Chía y Bogotá.

Los horarios restrictivos que se han establecido son:

  1.     De lunes a viernes – de 6:00 de la mañana a 8:00 de la noche
  2.     Sábados –  de 6:00 de la mañana  a  8:00 de la noche (salvo que no estén incluidos en puentes festivos, Semana Santa o temporada vacacional.)
  3.     Domingos – de 4:00 de la tarde  a  8:00 de la noche,  salvo que no estén incluidos en puentes festivos, Semana Santa o temporada vacacional.

La medida como todas, tiene sus excepciones y estas hacen referencia a los vehículos que de este tonelaje transporten:

  1. Periódicos con ediciones del mismo día.
  2. Especies avícolas, huevos, lácteos, carne, frutas, verduras, flores y hortalizas.
  3. Ganado de lidia, especies pecuarias, equinos de competencia o exposición.
  4. Arroz paddy, maíz, sorgo y soya con destino a procesarlo o empacarlo.
  5. Desechos solidos de origen domiciliarios y líquidos
  6. Oxigeno medicinal en estado gaseoso y líquido, identificado con el No. 1072 y 1073 de la ONU, siempre que sea transportado en cilindros o tanques criogénicos con la debida identificación exterior.
  7. Combustible: gasolina, ACPM, biodiesel, alcohol carburante, gas natural comprimido (GNC).
  8. Caña de azúcar y bagazo de caña de azúcar
  9. Maquinaria y/o herramientas para atender emergencias en la estructura vial, oleoductos y servicios domiciliarios del país.
  10. Vehículos tipo grúa que deban trasladarse para la atención de vehículos que se encuentren obstruyendo las vías.
  11. Vehículos de recolección y transporte de leche procesada y sin procesar.
  12. Vehículos de transporte mixers, de bombeo, concreto, agregados necesarios para la construcción y obras.
 Foto: Archivo el Periódico de Chía
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1 comentario

  1. Nelson soler 20 agosto, 2016 at 06:15 Responder

    Controlar el sector de Andrés Carne de Res, cerca de dos manzanas a la redonda en torno a este sitio es controlado por ellos, lo que genera trancones y hasta cierre de vias para colocar mesas, lo que ocurre por detras del restaurate principal

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