Se reducirá tiempo de juzgamiento por delitos menores

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El Presidente Juan Manuel Santos sancionó este viernes la Ley de Pequeñas Causas que reducirá a seis meses el tiempo de juzgamiento de los delitos menores, a partir de la disminución del número de audiencias. El nuevo trámite agilizará cerca de cuatrocientos mil procesos anuales.

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El Presidente Juan Manuel Santos sancionó este viernes la Ley de Pequeñas Causas que reducirá de dos o tres años a seis meses el tiempo de juzgamiento de los llamados delitos menores, a partir de la disminución del número de audiencias de cinco a solo dos.

Durante la promulgación efectuada en la Casa de Nariño, el Jefe del Estado indicó que la nueva normativa permitirá acusar más rápido a quienes cometan delitos menores.

Aclaró que no se les denomina delitos menores porque sean de menor importancia, sino porque su investigación es menos compleja y puso de presente que no es igual “investigar un genocidio que una calumnia”.

Entre los delitos que cobija la nueva ley están en el hurto de celulares, la injuria, las lesiones personales, la inasistencia alimentaria y la estafa, cuando esta sea menor de ciento cincuenta salarios mínimos.

El nuevo trámite contemplado por la ley permitirá agilizar cerca de cuatrocientos mil casos de ese tipo al año, subrayó el Presidente.

También el Mandatario precisó que las lesiones con ácido “no están incluidas en los delitos menores, y su juzgamiento continúa según la ley “Natalia Ponce”.

Hizo énfasis en que “tampoco habrá excarcelaciones. Todo sigue igual. Lo único que cambia es el tiempo para juzgar’.

Acusador privado

Se crea la posibilidad de que, en algunos casos, los ciudadanos puedan reunir pruebas, o contratar investigadores privados, para llevar a juicio a quienes comentan los delitos que se juzgarán por este procedimiento abreviado”, dijo.

Advirtió que “no se trata de justicia por la propia mano, ni de que los particulares adquieran funciones de policía judicial. No”. Y señaló que las víctimas actuarán por medio de sus abogados y que siempre se requerirá la autorización de la Fiscalía para que obren como acusador privado.

A ese respecto el Jefe del Estado citó tres casos, como ejemplo, en los que el ciudadano puede utilizar el mencionado recurso jurídico:

  • Si a Juan Rodríguez lo roban en su vivienda y tiene pruebas o indicios de quién lo hizo, pero la Fiscalía no avanza en la judicialización porque tiene muchos casos, el mismo Juan, a través de un abogado, puede llevar las pruebas al juez”, indicó el Primer Mandatario.
  • El caso de María Gómez, a quien el padre de sus hijos dejó de contribuir para su sostenimiento. En esta situación, dijo el Presidente, “ya no tiene que esperar, como pasaba hasta hoy, a que un fiscal haga la acusación ante el juez. Ahora la misma María, con su abogado, puede acusar y llevar al juicio al papá irresponsable”.
  • El caso de Pablo Hernández, a quien le hurtaron el celular pero la policía capturó en flagrancia al autor. Pablo ya no tiene que ir personalmente a poner la denuncia, “sino que el policía que hizo la captura puede presentarla”, señaló.

Al término de su declaración, el Mandatario reiteró su interés en que la ciudadanía “confíe más en su justicia, eso es muy importante”.

Quienes cometan estos delitos, pues ya están advertidos que van a ser juzgados más pronto, con más eficacia y que la justicia será implacable con estos delincuentes”, puntualizó el Presidente.

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