La población pide revocatoria y reliquidación de los cobros de un predial, que califican de ilegal y altamente onerosos para toda la comunidad

Sede del Concejo Municipal de Chía. Imagen. Concejo Municipal.
La tranquilidad fiscal de los habitantes de Chía se ha visto sacudida por una contundente acción ciudadana que pone en entredicho la legalidad del Impuesto Predial Unificado (I.P.U.) cobrado para la vigencia 2025.
Olga Lucía Grisales Quintero, vecina del municipio, ha elevado un Derecho de Petición al Concejo Municipal, solicitando la revocatoria directa de las facturas, alegando que la base del cobro es inconstitucional e ilegal.
¿Por qué el Impuesto Predial de 2025 está en el ojo del huracán?
El centro de la controversia radica en la actualización catastral que sirve de fundamento para el cálculo del impuesto.
Según la denunciante, y en esto reside la crítica principal, este nuevo avalúo catastral, que ha disparado los valores a pagar, no ha sido incorporado de manera válida al ordenamiento local a través de un Acuerdo del Concejo Municipal.
En palabras sencillas, para que un impuesto sea legal y justo, la Constitución colombiana (especialmente el Artículo 338) exige que su elemento clave –como es la base sobre la cual se calcula (el avalúo catastral, en este caso)– sean fijados directamente por los representantes del pueblo, es decir, por el Concejo Municipal a través de un acuerdo.
Si este paso fundamental se omite, se vulnera el principio de legalidad tributaria y el de certeza del tributo, dejando al contribuyente en un limbo de inseguridad jurídica.
Los argumentos clave de la petición
La solicitud de revocatoria se apoya en una serie de fundamentos jurídicos sólidos:
- Violación del principio de Legalidad: La Constitución Política establece que solo la ley, las ordenanzas o los acuerdos pueden fijar directamente los elementos de los impuestos. La actualización catastral, como base gravable del predial, debe ser validada por el Concejo.
- Falta de representatividad. Si el Concejo no aprueba el avalúo catastral mediante un acuerdo, el impuesto carece de la “representación de los eventuales afectados”, un pilar de la democracia tributaria.
- Incertidumbre para el contribuyente. La omisión en la determinación clara de los elementos del tributo genera incertidumbre y abre la puerta a la discrecionalidad administrativa, lo cual es inconstitucional. El poder de las autoridades administrativas para fijar impuestos es limitado, no discrecional ni arbitrario.
- Desconocimiento de Jurisprudencia: La petición cita al Consejo de Estado, que ha reiterado que la competencia de los Concejos Municipales se circunscribe a “proferir un acuerdo” que incluya el avalúo catastral como base gravable. Además, se señala que la Secretaría de Hacienda estaría aplicando el avalúo antes de la fecha legalmente establecida para su vigencia fiscal.
¿Qué se le pide al Concejo Municipal?
Olga Lucía Grisales Quintero, en su calidad de propietaria afectada, solicita al Concejo de Chía tres acciones concretas:
- Revocar la factura del Impuesto Predial (No. XXXXX) para la vigencia 2025.
- Reliquidar el impuesto de su predio con base en el avalúo catastral anterior.
- Suspender los efectos del cobro actual hasta que se resuelva su petición conforme a la ley.
El predial, ¿un vacío legal o una omisión deliberada?
Esta situación no es menor. Más allá de la factura individual, la petición de la señora Grisales Quintero expone una posible falla sistémica en la gestión tributaria del municipio.
Si la actualización catastral de 2025 no ha sido debidamente incorporada por el Concejo, miles de facturas podrían estar en la misma situación de ilegalidad, abriendo la puerta a un aluvión de reclamaciones y a una seria crisis financiera para la administración local.
La ciudadanía de Chía, a través de esta valiente iniciativa, exige transparencia, respeto por la ley y la garantía de que los impuestos que pagan son justos y están debidamente respaldados por la voluntad de sus representantes.
El Concejo Municipal tiene ahora la palabra y la responsabilidad de aclarar esta delicada situación que afecta directamente el bolsillo y la seguridad jurídica de sus habitantes.




La Contraloría encontró y dictaminó falencias, fallas en incumplimientos en la implementación del Catastro Multipropósito en muchos Municipios de Bojacá. En Chía el IGAC fue el contratista directo y con desdén a la comunidad, quien no siguió normas ni realizó correctivos para evitar el caos económico y social, imponiendo “base Catastral colectiva” cuando debía hacerlo de manera individual por cada predio.
No, estamos en contra de pagar nuestros impuestos, sabemos que es nuestro deber, pero han abusado no sabemos como hicieron la supuesta actualización catastral, donde nuestros predios fueron avaluados por encima del 100%, en mi caso tengo un predio con un avaluó del 120%, en base al avaluó que se tenia, no hay ninguna modificación ni al barrio ni al predio ni ninguna mejora
Apoyo total a la valiente denuncia, sustentada con argumentos jurídicos indiscutibles. Igualmente apoyar la Acción popular de otro valiente veedor ciudadano, Nicolás Casas quien nos representa en el mismo caso denunciado por la Sra Grisales.
Es un abuso lo que están cometiendo tanto el IGAC como la alcaldía, en mi caso no hay mejoras en el predio y me están liquidando disque con 30m2 de construcción y el abuso de incremento del 120 0/0 en el impuesto. Y los señores que están en la administración apenas les subieron 100.000 pesos anuales