Los concejales debatieron con discursos críticos, pero votaron con obediencia; la administración respondió con tecnicismos vacíos, y la comunidad, pese a su participación activa, fue ignorada.

La participación ciudadana es el eje fundamental del Estado Social de Derecho colombiano. Desde la Constitución de 1991, el país adoptó la idea de que la democracia no debía limitarse al ejercicio del voto, sino extenderse al control, la deliberación y la codecisión sobre los asuntos públicos. Sin embargo, el caso del Proyecto de Acuerdo No. 15 de 2025, que regula el Presupuesto Participativo en el municipio de Chía, demuestra que entre el discurso participativo y la práctica política existe un abismo profundo. Lo que debió ser un instrumento de soberanía popular terminó siendo un procedimiento administrativo maquillado de inclusión.
El Presupuesto Participativo (PP) fue concebido para que la ciudadanía decidiera cómo invertir una parte de los recursos municipales, fortaleciendo el control social y la transparencia. En teoría, debía consolidar un modelo de cogobernanza entre el Estado y la comunidad. Pero en Chía, este principio se distorsionó. El acuerdo aprobado por el Concejo Municipal concentró aún más poder en la administración, redujo los espacios de deliberación real y convirtió la participación en una escenografía institucional que legitima decisiones previamente tomadas. La democracia terminó subordinada a la burocracia.
El proyecto nació marcado por una omisión que nunca se reconoció. En 2021, la propia administración municipal expidió el Decreto 157, que ordenaba aplicar el Presupuesto Participativo durante los dos primeros años del gobierno. Esa norma nunca se ejecutó. Tres años después, la misma administración presentó un nuevo acuerdo para derogar lo que ella misma incumplió. En lugar de rendir cuentas a la ciudadanía, optó por reescribir la historia jurídica. El resultado fue una jugada política que borró el incumplimiento y reinstaló un modelo de poder sin consecuencias institucionales.
Durante las sesiones del 29 y 30 de septiembre y del 1 y 2 de octubre de 2025, la comunidad participó activamente. Líderes sociales, comunales y veedores expusieron observaciones técnicas y políticas. Denunciaron que el texto fortalecía la discrecionalidad del alcalde, excluía a sectores juveniles y rurales, y establecía un umbral del 4 % que hacía imposible validar los proyectos ciudadanos. La crítica más insistente fue que el 15 % para fortalecimiento se convertiría en una caja gris, propicia para el clientelismo y el uso político de los recursos públicos.
La Secretaria de Participación Ciudadana, María Soledad Muñoz Sánchez, respondió con un discurso lleno de tecnicismos y fórmulas administrativas. Habló de “equidad”, “armonización” y “transparencia”, pero no explicó cómo se garantizaría la inclusión de los sectores históricamente excluidos. Tampoco presentó evidencia sobre la viabilidad financiera o social del mecanismo. Su presentación fue un ejemplo de tecnocracia corta, que reemplaza la política por el trámite. En lugar de hablar de ciudadanía, habló de procedimientos; en lugar de compromisos, citó artículos de ley.
La Jefe Jurídica, Luz Aurora Espinosa Tobar, justificó la demanda de nulidad simple presentada contra el Decreto 157, argumentando que el alcalde no tenía facultades expresas del Concejo para expedirlo. Sin embargo, nunca explicó por qué la administración decidió demandar un acto propio ni cuáles eran las consecuencias prácticas de esa acción sobre los proyectos comunales aprobados previamente. Su discurso jurídico fue impecable en forma, pero vacío en sustancia. Representó la perfección del formalismo sin responsabilidad política: el Estado que se escuda en el expediente para no responder al ciudadano.
El Secretario de Hacienda, Óscar Rojas Carrillo, adoptó una postura técnica y evasiva. En lugar de explicar cómo se protegería el 6,5 % de los ingresos corrientes destinados al Presupuesto Participativo, presentó una exposición macrofiscal sobre la “disciplina financiera” y la “sostenibilidad del gasto”. Afirmó que la Secretaría evaluaría cada año la disponibilidad de recursos para “ajustar” la ejecución, dejando abierta la posibilidad de reducir los montos o aplazar la inversión. Su discurso reveló una visión contable del PP: más un deber administrativo que una herramienta de empoderamiento ciudadano.
El Jefe de Defensa Judicial, Jorge Enrique Ramírez Hernández, confirmó que la demanda al Decreto 157 fue presentada por nulidad simple, pero evitó explicar por qué la Alcaldía demandó su propio acto. Sus respuestas fueron defensivas, centradas en la forma y no en el fondo. De esa manera, la administración construyó una narrativa tecnocrática que parecía sólida, pero que carecía de contenido político. Todo fue dicho en nombre de la técnica, pero sin compromiso con la transparencia. La política se diluyó en un lenguaje de oficina.
Del lado del Concejo Municipal, la falta de coherencia fue aún más evidente. De los 15 concejales en ejercicio, 13 participaron del debate (dos se declararon impedidos). Sin embargo, la mayoría intervino de manera superficial o contradictoria. El resultado fue una aprobación casi unánime que confirma la alineación política entre el Concejo y la administración. La deliberación existió solo para dar apariencia de pluralidad; la decisión ya estaba tomada antes del debate. Lo que se vivió fue un ejercicio de simulación institucional cuidadosamente diseñado.
El presidente del Concejo, John Edwin Fuentes Correa, se limitó a conducir las sesiones, aprobar órdenes del día y moderar los tiempos. Nunca se pronunció sobre el contenido del proyecto ni sobre las críticas ciudadanas. Su papel fue el del árbitro neutro que, al no tomar partido, legitima al poder. En política, el silencio también es una forma de alineación. La presidencia del Concejo cumplió la función de facilitar el trámite, no de orientar el debate. Esa neutralidad terminó siendo complicidad.
El concejal Javier Enrique Moreno Forero, ponente del proyecto, presentó los antecedentes legales, habló de la “actualización normativa” y pidió aplazamientos para incluir observaciones. Reconoció la desconfianza ciudadana, pero su informe final fue complaciente con la administración. No incluyó cambios estructurales, solo ajustes cosméticos. Su intervención representó el dilema del político que intenta parecer imparcial, pero termina siendo vocero del poder ejecutivo. En el fondo, defendió lo que sabía que no debía aprobarse.
El concejal Pablo Andrés Castro Castro fue uno de los más críticos. Señaló que el 15 % para fortalecimiento no tenía justificación, advirtió sobre la ausencia de representación ciudadana en los comités y cuestionó que el artículo 11 dejara toda la reglamentación en manos del alcalde. Propuso incluir al Consejo Territorial de Planeación (CTP) en la Comisión Garante, pero su propuesta fue rechazada. A pesar de su claridad y de su tono propositivo, votó afirmativamente. Su voto fue la prueba de que, en política local, el discurso crítico sirve más para justificar la obediencia que para ejercerla.
La concejal Angélica Montañez Sánchez centró su intervención en el control financiero y el riesgo de que el Presupuesto Participativo se convirtiera en una estrategia electoral. Preguntó cómo se evitaría la fragmentación de los recursos, qué mecanismos de rendición de cuentas existirían y si los fondos no ejecutados se conservarían en una cuenta exclusiva. No obtuvo respuestas concretas. Pese a ello, su voto fue afirmativo. La coherencia se perdió en el intento de conciliar la crítica con la conveniencia política.
La concejal Claudia Marcela Pedraza Camero pidió ajustar detalles normativos: cambiar el verbo “podrá” por “deberá reglamentar” y precisar que la cuenta del fondo sería administrada por la Secretaría de Hacienda. Aunque sus aportes fueron aprobados, el cuerpo del acuerdo mantuvo la discrecionalidad del alcalde. Ella también votó a favor, dejando claro que las modificaciones formales no alteran la sustancia del poder. La técnica, por sí sola, no es garantía de democracia.
La concejal Natalia Gil Loaiza exigió que se incorporara información completa sobre la demanda al Decreto 157 y pidió fortalecer la pedagogía del PP para enfrentar la desinformación. Señaló que el 88 % de los ciudadanos no conoce el mecanismo y que sin formación la participación se reduce a trámite. Su análisis fue correcto, pero su voto repitió el patrón general: crítica en el discurso, aprobación en la práctica.
El concejal William Andrés Vela Lozano centró su intervención en aclarar aspectos jurídicos. Dijo que el proceso de nulidad simple debía explicarse con transparencia y que la reglamentación por decreto reducía la autonomía del Concejo. Su exposición fue meticulosa, pero su decisión final fue la misma: voto positivo. Entre la razón técnica y la disciplina política, eligió la segunda.
El concejal Iván Darío Jiménez La Rotta preguntó directamente si el proyecto beneficiaba a la comunidad o a la administración. Solicitó las actas de socialización y se pronunció contra el umbral del 4 %, que consideró excluyente. Su participación fue breve, pero sustancial. A pesar de ello, se sumó a la aprobación general.
El concejal Luis Felipe Galvis Ramos advirtió que el artículo 24, al facultar al alcalde para reglamentar, vulneraba las competencias del Concejo. Lo dijo con claridad jurídica, pero votó afirmativamente. El contraste entre sus palabras y su decisión ilustra la cultura política del trámite: nadie quiere confrontar al poder.
La concejal Laura Giselle García Melo asistió solo a la primera sesión, sin intervenir. Su rol fue pasivo. El concejal Jorge Hernán Salazar Gordillo tampoco formuló observaciones, limitándose a acompañar la votación final. Edgar Francisco Salgado García participó en temas de orden, sin posición sobre el articulado, y Víctor Fernando Torres Moreno propuso eliminar el 15 % de fortalecimiento y reducir el umbral electoral al 2 %. Ninguna de sus propuestas prosperó. El concejal Javier Ernesto Valdivieso Fonseca, por su parte, no intervino, pero votó positivamente.
El resultado fue una aprobación con 12 votos a favor y ninguno en contra. La unanimidad fue presentada como signo de madurez institucional, pero en realidad reflejó subordinación política. La deliberación sirvió como fachada para validar un proyecto con profundas debilidades democráticas. El Concejo no actuó como contrapeso del poder, sino como su extensión.
La administración, respaldada por un discurso de “técnica y eficiencia”, defendió un texto que concentra poder y reduce la participación a formalismo. La llamada “tecnocracia de la transparencia” terminó siendo un instrumento para justificar la discrecionalidad del alcalde. Los ciudadanos fueron escuchados solo en apariencia; sus argumentos fueron archivados entre actas y expedientes.
El acuerdo aprobado mantiene intactos los vacíos advertidos: los comités de coordinación y seguimiento carecen de representación ciudadana, el umbral electoral del 4 % permanece, y el 15 % destinado a fortalecimiento sigue siendo una bolsa sin destino definido. En los hechos, el Presupuesto Participativo se convirtió en un mecanismo administrativo al servicio del poder, no en una herramienta de empoderamiento ciudadano.
La actuación del Concejo evidencia una crisis de legitimidad política. Se habló de democracia, pero se practicó la obediencia; se exigió transparencia, pero se aprobó discrecionalidad; se invocó la ciudadanía, pero se la silenció. Cuando los representantes actúan de espaldas a la coherencia, el control político se reduce a trámite y la deliberación a protocolo.
El Presupuesto Participativo de Chía aprobado en 2025 simboliza la captura política de un instrumento ciudadano. La comunidad participó con argumentos, la administración respondió con tecnicismos y el Concejo con votos alineados. Se reprodujo el modelo clásico del poder local: debate público para aparentar pluralismo y unanimidad final para conservar la comodidad del sistema.
Lo ocurrido en Chía es una advertencia sobre el riesgo de que la democracia participativa se convierta en una rutina administrativa. Cuando el poder usa la técnica para justificar decisiones y la política para esconder sus omisiones, el ciudadano deja de ser sujeto y se convierte en espectador. La participación se transforma en rito, el debate en trámite y la rendición de cuentas en silencio institucional.
Acuerdo No. 15 de 2025 no fue un avance democrático, fue una caricatura. La administración vistió de técnica lo que en realidad fue control político, y el Concejo convirtió la deliberación en trámite. Los concejales criticaron con elocuencia y votaron con docilidad; hablaron de participación, pero practicaron obediencia.
El poder no escuchó: administró. La ciudadanía no decidió: fue usada para legitimar un proyecto cerrado. Todo se hizo dentro de la ley, pero contra el espíritu de la democracia. En Chía, el presupuesto participativo terminó siendo un presupuesto administrativo, aprobado por los de siempre, para los de siempre, en nombre de todos. La participación ciudadana no fue fortalecida, fue domesticada. Y mientras el Concejo aplaudía su propio simulacro, la comunidad entendió la lección más dura: en este municipio, participar no es decidir, es simplemente hacer parte del decorado.




En Chía, el Concejo municipal NO hace Control político, lo que hace es contar con un espacio para negociar con el mandatario, algunos beneficios particulares y claro, la cuotas… según el grado de alineación con el ejecutivo. _ No se ha entendido que Control es la función de el Concejo. _ Ahora con el recinto del concejo en medio del CAM , todo será más “grave”.