Juzgado de Zipaquirá avala legalidad del POT de Chía y rechaza demanda por supuestas fallas en su aprobación

Chía, Cundinamarca. Foto: Archivo particular.

Chía | Tomado del periódico El Tiempo, por Juan Diego Torres Lasso | La Región Desde los Medios | Judiciales |
Juzgado Primero Administrativo del Circuito de Zipaquirá negó las pretensiones de una demanda que buscaba la nulidad del Acuerdo 100 de 2016, mediante el cual el municipio de Chía adoptó la revisión general y los ajustes a su Plan de Ordenamiento Territorial (POT).

Los demandantes argumentaban que el acuerdo se había expedido con vicios de legalidad relacionados con falta de participación ciudadana, irregularidades en la concertación interinstitucional y deficiencias en la protección ambiental y la gestión del riesgo.

Sin embargo, el despacho concluyó que el acto fue expedido conforme a la Constitución y la ley, dentro de “un proceso público, participativo y técnicamente sustentado”. De acuerdo con la sentencia, la administración municipal cumplió con las etapas de formulación, concertación ambiental, consulta ciudadana y aprobación por parte del Concejo Municipal.

“El acto acusado fue expedido con observancia de las normas vigentes al momento de su adopción, dentro de un procedimiento público, participativo y técnicamente sustentado”, señaló el fallo, que también destacó que la administración de Chía actuó dentro de sus competencias.

El juzgado revisó el expediente y verificó que entre febrero y diciembre de 2015 el proyecto de POT y su cartografía técnica fueron objeto de múltiples ajustes derivados de los requerimientos formulados por la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR).

Dichos ajustes se realizaron mediante oficios y radicados oficiales de la autoridad ambiental, y respondieron a observaciones técnicas en materia de determinantes ecológicos, zonas de protección y gestión del riesgo.

Según el fallo, esas modificaciones no fueron “deliberadas ni malintencionadas”, sino necesarias para armonizar los requerimientos ambientales con las proyecciones urbanas y territoriales del municipio. 

Además, la CAR declaró concertados los asuntos ambientales mediante la Resolución 3024 del 30 de diciembre de 2015, en la que se impuso al municipio la obligación de someter a nueva revisión cualquier modificación sustancial posterior a dicha concertación antes de sancionar el acuerdo.

El despacho subrayó que la concertación ambiental es una etapa sustantiva en la formulación del POT, pues permite equilibrar los intereses de desarrollo con las limitaciones ecológicas del territorio.

“Este diálogo permanente entre lo técnico y lo ambiental fortalece la legitimidad del plan y promueve la corresponsabilidad institucional en su implementación”, se lee en la decisión.

El fallo también descartó una supuesta vulneración al derecho fundamental a la consulta previa, al considerar que no se acreditó una afectación directa ni diferenciada a comunidades étnicas.

Según el juzgado, el reconocimiento del resguardo indígena dentro del POT se limitó a su identificación cartográfica y no implicó una decisión de ordenamiento sobre su interior ni la imposición de cargas nuevas a la comunidad.

El Acuerdo 100 de 2016 se mantiene incólume en el ordenamiento jurídico, al no encontrarse configurados los vicios alegados por los demandantes. 

Con esta decisión, el Juzgado Primero Administrativo de Zipaquirá ratificó la validez del Plan de Ordenamiento Territorial de Chía, que continuará siendo el instrumento rector de la planeación del municipio.

1 comentario en “Juzgado de Zipaquirá avala legalidad del POT de Chía y rechaza demanda por supuestas fallas en su aprobación”

  1. Este Alcalde “cae parado como los Gatos” en todo lo Judicial y las Medidas Cautelares también las deroga sin mayores explicaciones hoy estos procesos de apelación y medidas cautelares están en “Puntos suspensivos” hasta tanto el Tribunal decida así sucedió con la inhabilidad por 9 años con la Procuraduría y ninguna demanda por sobrecostos en su Administración pasada progresa en Fiscalía o Contraloría ¡ESTO ESTA BIEN RARO!

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