A reportarle a la DIAN cuentas de cobro

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Un nuevo mecanismo de control de la Dian obligará  a empresas y contratistas a reportar cuentas de cobro en menos 72 horas de la transacción.

El objetivo final

Nación | Redacción EPDC |Impuestos |
 Con esta nueva norma, la Dian, no solo pretende controlar la información acerca de los ingresos de los proveedores, ya sean personas naturales o jurídicas, sino tener un soporte para confrontar con las empresas a la hora de declarar sus ingresos.

Así mismo, ofrecer la posibilidad a las organizaciones de operar en regla y convertir las cuentas de cobro en títulos valores, negociables en el mercado financiero en el esquema de factoring social.

El soporte de Contratación

La medida comenzará a regir a partir del próximo 1 de julio, no solamente para las cuentas de cobro sino, para los diferentes documentos que se emitían con una denominación equivalente.

Las empresas que trabajen con contratistas también tendrán que reportar el RECIBO de estas cuentas frente a la Dian, en un término no mayor a las 72 horas. 

Así mismo quedan obligadas a emitirle al contratista un RECIBIDO, mediante un documento que se llamará Soporte de Contratación

Plataformas  digitales al rescate

La nueva medida de control es un reto más para las empresas, a las que les ha costado bastante tiempo y recursos, la implementación de la facturación electrónica.

Las nuevas plataformas digitales que ofrecerán servicios para el reporte de estos documentos les evitarán a las organizaciones la compra de nueva tecnología o la contratación de más personal para la engorrosa gestión interna de las cuentas de cobro.

Las empresas proveedoras, tendrán la capacidad de recibir y entregar a la Dian las cuentas de cobro, generar el soporte de adquisición y verificar las referencias al contrato, entre otras funciones. 

¿Cuál es la realidad?

Esta normatividad se encuentra enmarcada en la ley 42 del año 2020, la cual reglamenta también la factura electrónica, el documento soporte por compra de bienes y servicios a personas no responsables de IVA, así como la nómina electrónica. Para estos dos últimos procesos se dio plazo hasta julio de 2021, para entrar en vigor.

Con estas medidas la DIAN busca que en muy poco tiempo se comiencen a generar los formularios de los impuesto ya prediligenciados y asi evitar la evasion.

Pero esto no va a hacer tan fácil para las micro y pequeñas empresas que tendrán que montar todo un sistema de procedimientos contables, ya sea propio o tercerizado para tener al día las exigencias de la DIAN.

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