Las alianzas público-privadas, el nuevo nombre de la privatización
Es un traslado de funciones públicas al sector privado.
Pero desde hace cierto tiempo, unos 15 años probablemente, en la región latinoamericana (así como en Asia y en África) ha surgido un nuevo concepto neoliberal que ha hecho posible la reintroducción del viejo mecanismo de la privatización de activos públicos: el concepto de Asociaciones Público Privadas, conocidas por las siglas APP.
De la mano del Banco Interamericano de Desarrollo BID, aunque originalmente concebidas por el Banco Mundial, las APP se fundamentan en un intrincado marco regulatorio devenido en ley por sanción congresional y que estipula la manera en que el estado y las empresas privadas sobretodo, pudieran alcanzar acuerdos para la construcción de infraestructura, oferta de servicios públicos, servicios de administración de activos y otros.
En la República Dominicana se convierte en ley tan recientemente como en febrero de este año. Fue en el congreso peledeísta que silenciosamente y al vapor se sazono esta pieza que lleva el número 47-20 aunque ya se venía ventilando y discutiendo tiempo atrás entre funcionarios del gobierno y personeros del Grupo Banco Mundial y el BID.
Curiosamente el gobierno de Danilo Medina no mostró mucho interés en torno a esta nueva ley (alguno que otro tuit del joven Ministro de Economía de entonces) sin embargo todo cambió con el “cambio” pues esta ley se ha convertido aparentemente en el “parteaguas” de la política económica del gobierno del PRM, según y como lo han manifestado algunos de sus funcionarios más conspicuos.
No obstante surge la interrogante de si esta herramienta se servirá como un instrumento capaz de guiarnos al desarrollo económico deseado o si de lo que realmente se trata es de una “historia” neoliberal que generaría otros problemas al Estado y por ende a la población ya que en el fondo es pura privatización disfrazada que solo servirá para rentabilizar a ciertos sectores empresariales.
Sus promotores extranjeros y sus aupadores locales rechazan que se trate de una privatización, bajo el argumento de que el estado nunca alcanza a ceder la propiedad del activo o servicio público de que se trate. Veamos pues qué se entiende por privatización.
La propia ley 47 20 la define así: “La alianza público-privada es el mecanismo por el cual agentes públicos y privados suscriben voluntariamente un contrato de largo plazo… para la provisión, gestión u operación de bienes o servicios de INTERÉS SOCIAL (Mayúsculas nuestras)”. En realidad casi todo es de interés social pero en lo que al gobierno se refiere las obras o servicios de interés social son OBRAS O SERVICIOS PÚBLICOS. Por lo que cuando el gobierno CEDE (mediante concesión, venta, contrato APP u otra modalidad) bienes o servicios públicos al sector privado para su “provisión, gestión u operación” a largo plazo, lo que está haciendo en los hechos es PRIVATIZANDO ese bien o servicio aunque no esté cediendo la propiedad de este. Es un traslado de funciones públicas al sector privado.
Pero no es solo el hecho ya comprobado de su verdadera condición privatizadora sino que además muchos de estos proyectos APP terminan concentrando los costos en la sociedad mientras la parte privada se lleva las ganancias. Sobran los casos documentados del fracaso de estas alianzas público privadas las cuales agotan los recursos públicos en tanto no se ejecutan en el mejor interés de la sociedad.
Muchos de los proyectos APP en el área de construcción de infraestructura y/o en la de provisión de servicios públicos se transforman en pura transferencia rentista a la parte privada por parte del Estado, ya que el riesgo de demanda siempre será cubierto mayormente por la entidad pública, convirtiéndose en una ganancia sin riesgos para el privado. Actualmente es lo que ocurre con la autopista del nordeste y el famoso “peaje sombra”.
Un componente de pasible corrupción es fácil colegir que ocurra en cualquiera de las etapas de los proyectos APP, como en efecto ha ocurrido en otras partes. Es un vínculo que “nace del propio proceso de privatización” como lo afirmara el economista Paul Krugman en el año 2012.
Tanto esta ley como el reglamento contienen un alto grado de discrecionalidad, pues deja en manos del consejo y la dirección ejecutiva la final conformación de los contratos.
Esto es un elemento que solo beneficia al capital privado pues es de todos conocida la máxima que reza: “el fisco no tiene quien le duela”. Y si a esto le agregamos que el tope anual permitido para contratos APP es de un 3% del PIB, con carácter progresivo, ya que es revisable anualmente, no es difícil de entender que de lo que se trata es de llevar paulatinamente al Estado a su mínima expresión. De ahí que esta ley haya logrado un respaldo unánime entre los grupos empresariales.
Se trata de una fuerte embestida neoliberal que ha llegado con retraso al país pero que planea ser asumida en toda su extensión por el gobierno de Luis Abinader. Paradójicamente en México, donde existe desde hace un tiempo una ley de APP, 5 ex presidentes podrían ser juzgados entre otros cargos por implementar un modelo neoliberal que ha privatizado un gran número de empresas y servicios públicos.
Las manifestaciones sociales de protesta que se sucedieron en Chile, en la Argentina de Macri, en Colombia, en Ecuador y Haití tuvieron sus raíces en los procesos neoliberales de ajuste y privatizaciones llevadas a cabo en esos países por diferentes gobiernos de derecha.
La contraofensiva de la población dominicana ante esta agresión del capital contra los activos públicos, deberá ser la de exigir servicios públicos financiados con recursos públicos, manejados democráticamente y con rendición de cuentas.