Un cáncer llamado deforestación
El 5 de abril de 2018 la Corte Suprema de Justicia emitió un emblemático fallo en el que reconoció a la Amazonía como sujeto de derechos. En la sentencia se ordenó al gobierno colombiano y a las corporaciones autónomas regionales competentes formular un plan de acción para contrarrestar la tasa de deforestación en la Amazonía, en el que se hiciera frente a los efectos del cambio climático.
A la fecha, sin embargo, no se han dado acciones contundentes. Por lo contrario, en lo corrido del presente año se han producido grandes incendios forestales, que se asevera fueron causados por manos criminales con el objetivo de usufructuar la tierra; en la Serranía de la Lindosa; en los parques de Tinigua, Picachos y Chiribiquete; y en San Juan de Arama, en la zona de protección del parque La Macarena; territorios esenciales para la conectividad del corredor biológico de los Andes, la Amazonia y la Orinoquia.
Mientras se celebraba el Día Internacional de los Bosques el pasado 21 de marzo, se deforestaban seiscientas hectáreas de árboles en Colombia, extensión que según datos oficiales es devastada en promedio diario. Esa deforestación producida por tala y quema se concentra según el Ideam en un 75% en la Amazonía, con mayor afectación en los departamentos de Caquetá, Meta y Guaviare, ocurriendo el 19% en zonas del Sistema Nacional de Áreas Protegidas.
Las causas de la deforestación corresponden a tráfico ilegal de madera; explotación minera; ganadería extensiva; agricultura intensiva (monocultivos) como los de palma de aceite; ampliación de la frontera agrícola; cultivos de uso ilícito; expansión de infraestructura vial; acaparamiento de tierras para valorizarlas en proyectos de futuras carreteras o de Zonas de Interés de Desarrollo Rural, Económico y Social (Zidres). En tal sentido, quienes deforestan son actores armados (guerrillas y bandas criminales), mafias del narcotráfico y otros grupos ilegales, sumados a quienes ejecutan proyectos legales con autorización oficial.
Las consecuencias de la deforestación son de diversa índole. Ambientalmente se generan impactos negativos sobre la atmósfera, los recursos hídricos, el suelo y la biodiversidad; con efectos en el cambio climático. La deforestación también conlleva otras consecuencias como la constitución de asentamientos humanos no planificados, la pérdida de integridad cultural, social y económica de comunidades étnicas; y la propagación de una cultura y una economía de la ilegalidad.
Ante este panorama, el ordenamiento jurídico cuenta con los instrumentos necesarios para enfrentar la deforestación. La Constitución Política obliga al Estado y a las personas a proteger las riquezas culturales y naturales (artículo 8); establece el derecho de todas las personas a gozar de un ambiente sano y el deber del Estado de proteger la diversidad e integridad del ambiente y de conservar las áreas de especial importancia ecológica (artículo 79); señala el compromiso estatal en la prevención y control de los factores de deterioro ambiental, y en la imposición de las sanciones legales y la exigencia de reparación de los daños causados (artículo 80).
El Código Penal incluye suficientes normas que tipifican conductas relacionadas con la deforestación: invasión de tierras (artículo 263); delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente, en los que se incluye el Ilícito aprovechamiento de recursos forestales (artículo 328), daños en los recursos naturales y afectación a las áreas especialmente protegidas (artículo 331), contaminación ambiental (artículo 332); invasión de áreas de especial importancia ecológica, reserva forestal, resguardos o reservas indígenas, terrenos de propiedad colectiva de las comunidades negras, parque regional, área o ecosistema de interés estratégico o área protegida (artículo 337). Adicionalmente, se consagra el delito de incendio sobre bosque, recurso florístico o en área de especial importancia ecológica (artículo 350).
Agregado a lo anterior, el Ideam cuenta con un sistema satelital para monitorear en tiempo real la deforestación. ¿Qué falta entonces? Se requiere, entre otras soluciones, que la fuerza pública y las autoridades ambientales tengan suficientes recursos económicos y personal especializado para enfrentar este flagelo; contrarrestar las acciones y omisiones corruptas de funcionarios públicos que facilitan la comisión de los delitos; integrar los esfuerzos del ejecutivo en el orden nacional, departamental y municipal, con el aparato judicial, reorganizando la unidad de delitos ambientales de la Fiscalía; y contundentes medidas policivas, administrativas y judiciales.
El objetivo número 15 “Vida en la tierra” de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, convoca a detener la deforestación. Con lo que está ocurriendo en Colombia no lo estamos logrando, por lo contrario, se evidencia la falta de solidaridad con las generaciones presentes y futuras. Nuestros bosques son los pulmones de la naturaleza, la deforestación es el cáncer. Cuidar los bosques es cuidar la vida.