Superservicios confirma multa a Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Villavicencio

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La investigación evidenció que la Empresa no contaba con un plan de emergencia y contingencia ajustado para la prestación de los servicios de acueducto y alcantarillado, lo que puso en peligro la prestación del servicio a más del 70% de la población de Villavicencio.

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La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, a través de la Delegatura para Acueducto Alcantarillado y Aseo, dejó en firme la sanción impuesta a la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Villavicencio E.S.P. (E.A.A.V.) por serias deficiencias en el plan para emergencias y contingencias.

La multa asciende a más de $1.000 millones, equivalente a mil trescientos cincuenta y seis salarios mínimos legales mensuales vigentes.

Superservicios encontró que este plan de emergencia y contingencia de la E.A.A.V. no cumplía satisfactoriamente ninguno de los aspectos mínimos que exige la resolución No. 154 de 2014 del Ministerio de vivienda, ciudad y territorio. Entre otros, la E.A.A.V. no relacionó el inventario de los recursos físicos, financieros y humanos con los que contaba para atender posibles emergencias en los servicios de acueducto y alcantarillado que provee a la ciudad.

Este plan, que tuvo aplicación al menos desde diciembre de 2015 hasta mayo de 2016, puso en peligro la prestación del servicio a más del 70% de la población de Villavicencio (110.000 suscriptores).

La investigación demostró que las falencias eran tan evidentes y críticas que eran una clara muestra de la falta de prudencia y diligencia de la E.A.A.V. frente a deberes fundamentales en el marco de la prestación de servicios públicos domiciliarios.

Acerca del recurso de reposición

Luego que la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios expidiera la Resolución No. 20174400001565 del 31 de enero de 2017 en la que se impuso una multa por $1.000.344.252, la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Villavicencio E.S.P. (E.A.A.V.) radicó el 28 de febrero de 2017 un recurso de reposición contra de la mencionada resolución.

En su defensa, la compañía presentó múltiples argumentos, centrándose principalmente en que la multa no fue debidamente graduada y que la Superservicios se limitó a establecer la existencia de un incumplimiento, pero no analizó su efectiva incidencia en la prestación del servicio. Sin embargo, en el proceso administrativo adelantado por la entidad se desestimaron los argumentos de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Villavicencio E.S.P. (E.A.A.V.), explicando, entre otros, el régimen legal vigente para la graduación de multas de la Delegatura de Acueducto, Alcantarillado y Aseo, así como el reconocimiento de los criterios de riesgo o peligro para la prestación de los servicios públicos, como base para confirmar la sanción impuesta el 31 de enero de este año.

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