Cambio climático y licencias ambientales: el debate que comenzó en la Corte Constitucional

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Dejusticia dice que las reglas para otorgar licencias ambientales no tienen en cuenta los impactos del cambio climático. La Corte quiere reunir la opinión de los expertos.

Las actividades extractivas requieren licencia ambiental. Foto. Cambio

Nación | Tomado del portal Cambio, por Alejandra Bonilla Mora | Jurídica |
La Corte Constitucional admitió para estudio una demanda que señala que las normas que regulan el otorgamiento de licencias ambientales para grandes proyectos son obsoletas, porque no tienen en cuenta los impactos del cambio climático.

Dejusticia e Ilex  Acción Jurídica demandaron el artículo 57 de la Ley 99 de 1993, que reglamenta los estudios de impacto ambiental que deben hacerse antes de aprobar proyectos que afecten el medioambiente, y pide que entre los requisitos que deben cumplirse se incluya uno nuevo: un análisis de los impactos asociados por el cambio climático.

Hasta el momento, los estudios de impacto ambiental que hacen las empresas deben contener análisis sobre los elementos bióticos (vivos), abióticos (componentes sin vida que afectan a organismos vivos) y socioeconómicos del área en donde se solicita una licencia ambiental. Para los demandantes, esto era válido hace 30 años, cuando se expidió la ley, pero no ahora.

 “Dentro de los impactos más frecuentes está la remoción de la capa vegetal, que libera CO2. También, para la extracción de hidrocarburos, se queman gases atrapados en el subsuelo que, a su vez, liberan más gases de efecto invernadero”, señaló Dejusticia.

Este es el primer litigio que se da ante la Corte Constitucional sobre el cambio climático, el impacto ambiental y el desarrollo. Dayana Blanco, de Ilex Acción Jurídica, aseguró que prever estas circunstancias es clave para proteger derechos humanos.

 “La conexión entre impactos ambientales y garantía de derechos humanos es fundamental para la supervivencia de comunidades y poblaciones desproporcionadamente afectadas por la crisis climática”, dijo.

El despacho del magistrado Antonio José Lizarazo admitió la demanda para estudio y solicitó a los Ministerios de Ambiente, de Minas, de Vivienda, a la Anla, a la Agencia Nacional de Hidrocarburos, a Parques Nacionales, al Ideam, a las Corporaciones Autónomas Regionales, así como a varias ONG y expertos en la materia que sienten su postura sobre el tema.

En concreto, la Corte quiere que los expertos expongan las características actuales del cambio climático y las proyecciones de este fenómeno a futuro y sobre la forma cómo el derecho debe empezar a entender los impactos del cambio climático.

“¿Es posible determinar o medir la contribución que hace un proyecto, obra o actividad que requiere licencia ambiental en nuestro país en el fenómeno global del cambio climático?”, es una de las preguntas que hizo la Corte a los expertos.

La Corte también se preguntó sobre qué se entiende por elementos bióticos, abióticos y socioeconómicos, que son los que deben ser valorados en los estudios de impacto ambiental, y si es posible considerar que “su conceptualización permite la inclusión de los impactos asociados al cambio climático que puedan ser generados por un proyecto”.

“¿Las características geográficas particulares de una determinada zona del territorio colombiano pueden incidir de forma diferenciada en la determinación o medición de la contribución que hace un proyecto, obra o actividad que requiere licencia ambiental en el fenómeno global del cambio climático? ¿Es posible considerar la adaptación al cambio climático como un deber constitucional del Estado derivado de una lectura armónica de los artículos 79 y 80 de la Constitución?”, también se preguntó la Corte. Los expertos y las instituciones deberán responder a estos interrogantes para avanzar en una legislación acorde con las exigencias climáticas actuales.

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