Sancionado por la Procuraduría Walfrando Forero exalcalde de Tocancipá

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Por incremento injustificado de su patrimonio, procuraduría destituyó e inhabilitó por 11 años a exalcalde de Tocancipá, Cundinamarca.

El destituido exalcalde de Tocancipá, Walfrando Adolfo Forero Bejarano. Foto Agencia API
Cundinamarca | Fuente Procuraduría | Judiciales |

La Procuraduría General de la Nación sancionó con destitución e inhabilidad general por 11 años al exalcalde de Tocancipá, Cundinamarca, Walfrando Adolfo Forero Bejarano, por incremento injustificado de su patrimonio y el de su grupo familiar por más de $950.000.000.  

La Dirección Nacional de Investigaciones Especiales (DNIE) de la Procuraduría, al confrontar las fuentes de ingresos del exmandatario con los usos generados, encontró una diferencia sin justificación alguna, la primera correspondiente al año 2016 por la suma de $61.425.000, y la segunda con corte a octubre de 2018 por valor de $172.278.000.  

El estudio elaborado por servidores de la DNIE también encontraron un incremento injustificado en el patrimonio de sus familiares. Es el caso de la esposa, quien para los años 2016, 2017 y octubre de 2018, incrementó su patrimonio en $51.836.000, $36.149.000 y 34.989.000 respectivamente, sin encontrar una fuente de ingresos que permitiera materializar sus usos o aplicaciones.  

La Procuraduría también encontró que la hija del disciplinado incrementó su patrimonio del año 2016 a octubre de 2018 en $48.580.000, $175.181.000 y $184.942.000, y el hijo aparece con una diferencia por justificar por valor de $86.018.000 en 2018.  

Adicionalmente, la Procuraduría encontró que el exalcalde omitió el deber de presentar de manera completa la declaración de bienes y rentas, al momento de tomar posesión en el cargo, puesto que no señaló la existencia de la Sociedad Megapolis 36Z S.A., la cual fue constituida en la República de Panamá.   

Por estos dos hechos, el ente de control calificó la primera falta disciplinaria como gravísima a título de dolo, por el incremento patrimonial. En cuanto al segundo cargo, relacionado con la participación accionaria de la Megapolis 36Z S.A. y omisión de señalar en la declaración juramentada de bienes y rentas, su participación fue calificada como grave a título de dolo.   

En la misma decisión se ordenó la terminación y en consecuencia el archivo del proceso por irregularidades relacionadas con la presentación del informe ante el Concejo Municipal de Tocancipá, por la asistencia a la Misión Académica en Europa los días 12 al 18 de noviembre de 2016.  

Contra esta decisión de primera instancia se presentó recurso de apelación ante la Sala Disciplinaria de Juzgamiento de Servidores de Elección Popular.  

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