Proyecto de Ley para la lucha contra la corrupción

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En cumplimiento de un compromiso, el Jefe del Estado radicó ante el Congreso el proyecto de Ley de lucha contra la corrupción.
Control Social |Redacción EPDC | Noticia |

 El gobierno del presidente Iván Duque presentó, en los últimos días, el Proyecto Integral de Transparencia, Prevención y Lucha contra la Corrupción.

Con esta iniciativa se llevan a cabo ajustes fundamentales en políticas de extinción de dominio, protección de testigos y, normativas para los portantes de campañas electorales.

La Secretaría de Transparencia de la Presidencia de la República trabaja desde mediados del año en este proyecto de Ley que se presentó al Congreso.

Para ello, la entidad unificó las propuestas evaluadas durante las sesiones de la Comisión Nacional de Moralización, con el propósito de construir un articulado que permita enfrentar el fenómeno de la corrupción de manera coordinada e integral.

La propuesta tiene como objetivos dar herramientas que contribuyan a la prevención de los actos de corrupción, fomentar la cultura de la legalidad, la corresponsabilidad, la integridad y el buen manejo de los recursos públicos.

Sobre el Proyecto

El documento se centra en las disposiciones que se dictan para promover y facilitar el reporte de actos de corrupción. Así como la adopción de medidas de protección para quienes reportan dichos actos.

Para tal fin el documento conjuga normas existentes, como la obligación que tiene toda persona en Colombia de denunciar actos ilícitos – según lo dispuesto en el Código de Procedimiento Penal y el Código Único Disciplinario (para el caso de servidores públicos)-, con mecanismos de protección, estrategias de sensibilización y pedagogía e incentivos para los reportantes.

Compuesto por 12 capítulos y 91 artículos, el proyecto relaciona temas como el objeto general de la iniciativa, la definición de conceptos y la conformación y funciones del Comité Rector, instancia de coordinación interinstitucional encargada de orientar la política de protección de reportantes.

También abarca las medidas de protección laboral; medidas de protección física y medidas de protección al buen nombre y honra.

Beneficios por colaboración para las personas jurídicas que reporten actos de corrupción; canales de reporte de actos relevantes e incentivos pecuniarios para los reportantes de actos relevantes.

Este último punto se refiere a una estrategia adicional que contempla el Proyecto de Ley para promover el reporte de actos de corrupción y los incentivos pecuniarios o reconocimiento económico por la exposición al riesgo de la denuncia.

Estos, incentivos pecuniarios ascienden hasta un 5 % de lo recuperado, de la multa o de la sanción. No obstante, en ningún caso el incentivo pecuniario podrá superar los 250 salarios mínimos legales vigentes.

También incluye el proyecto todo lo referente a sanciones, sensibilización, promoción del control social y restricciones a la aplicación y vigencia de la Ley.

El último capítulo del proyecto se centra en enumerar las condiciones en que no se podría otorgar la medida de protección. Entre las que se incluye reportar de mala fe, o hacerlo sobre hechos de corrupción con decisiones judiciales definitivas, esto con el fin de evitar el abuso y mal uso de las medidas de protección.

Las entidades que participaron en la elaboración de este proyecto fueron: Procuraduría General de la Nación, Contraloría General de la República, Ministerio de Justicia, Ministerio del Interior, Dian, Unidad de Información y Análisis Financiero, Superintendencia de Sociedades, Superintendencia Financiera, Superintendencia de Notariado y Registro, la Superintendencia de Industria y Comercio, Superintendencia de Servicios Públicos, Superintendencia de Salud, Departamento Administrativo de la Función Pública, Agencia Nacional de Contratación -Colombia Compra Eficiente- y Auditoría General de la Nación.

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